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Cuatro partidos de sanción a David López por su rajada sobre el árbitro Ortiz Arias

César Suárez
David López, cuatro partidos de sanción
David López, cuatro partidos de sanciónAFP
David López, jugador del Girona, ha sido sancionado con cuatro partidos por la rajada sobre el árbitro Miguel Ángel Ortiz Arias durante el descanso del partido ante el Almería. Sus disculpas y arrepentimiento posteriores han servido para que la sanción no sea aún mayor, pues podría haberse quedado hasta 12 encuentros sin poder jugar.

"Estamos trabajando todos y siempre puedes decir una palabra por encima de tono, pero no faltar al respeto e insultar (...) Te falta al respeto y te insulta (...) Me refiero al arbitro, a Miguel Ángel. Yo creo que los jugadores de Primera Division le conocemos (...) Yo respeto a todos, pero la mala educacion y la prepotencia...". 

Estas fueron las palabras de David López sobre el colegiado Ortiz Arias. Luego se arrepintió. Incluso se llevó una reprimenda pública de su entrenador, Míchel Sánchez. Él mismo reconoció su error y pidió "disculpas públicamente" tanto al colegiado como al estamento arbitral. 

Y luego, para evitar una sanción, alegó que, aunque sus declaraciones fueron "desafortunadas, no cuestionan en ningun momento la honradez e imparcialidad del Sr. Miguel Angel Ortiz Arias, ni tampoco suponen una desaprobacion de su actividad como arbitro la cual siempre he respetado". 

Sin embargo, el Comité de Disciplina, con la firma de su presidenta, Carmen Pérez González, después de estudiar estas alegaciones, ha considerado que "el lenguaje empleado es manifiestamente ofensivo y pone en duda la honestidad e imparcialidad del colegiado, al acusarle de falta de respecto, mala educacion y prepotencia y de que tal comportamiento es habitual en el colegiado y conocido por todos los jugadores de Primera division". 

Por todo ello, ha decidido imponer "a D. David Lopez Silva, jugador del Girona CF, SAD, una sancion de multa por importe de 601 euros y una sancion de suspension de 4 partidos, por la comision de una infraccion tipificada en el articulo 106 del Codigo Disciplinario de la RFEF". 

Esta resolución aún puede recurrirse al Comité de Apelación en un plazo de diez días hábiles.